10 Nov La JEP niega salida del país a la senadora colombiana Victoria Sandino
Se niega el derecho a la libre circulación internacional de la senadora Victoria Sandino a pesar de no tener ninguna medida restrictiva para salir del país.
Sin mediar un análisis profundo de la situación, la Jurisdicción Especial para La Paz (JEP) le ha negado el derecho de salir del país a la senadora colombiana Victoria Sandino del partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común-FARC, extralimitando el alcance de sus competencias, incluso a quienes no están sometidos a medidas restrictivas como lo expresa el Decreto Ley 2125 de 2017, ella no tiene medidas restrictivas para salir del país, y por ende no está sujeta a la autorización de esta jurisdicción.
En repetidas ocasiones la senadora Sandino ha salido del país en cumplimiento de una agenda relacionada con su trabajo como senadora de la República y como firmante del Acuerdo de Paz, aceptando invitaciones de países que trabajan por la defensa de los Derechos Humanos, la construcción de la Paz e implementación del Acuerdo.
En esta oportunidad la senadora recibió una invitación de la organización Friedrich Ebert Stiftung Colombia (FESCOL), para participar en varios eventos en Berlín y Bélgica del 10 al 15 de noviembre, en los que realizaría varias exposiciones del proceso de paz y su implementación en interlocución con delegados del Parlamento Europeo, la Comisión Europea, y con el Bundestag o Parlamento Alemán.
La senadora Sandino, ha cumplido de manera integral, satisfactoria y permanente las normas y procedimientos que orienta la JEP, por lo que a pesar de no tener ninguna medida restrictiva de la libertad, le informó a la jurisdicción su intención de participar en el evento al que había sido invitada por FESCOL, allegando toda la documentación pertinente.
Sin embargo, la jurisdicción le negó la salida del país argumentando que su solicitud no cumplía con el lleno de requisitos formales, desconociendo que el sometimiento a la jurisdicción, tal como lo realizó la senadora Sandino al acogerse a la jurisdicción no restringe de plano sus derechos, más cuando esta goza de amnistía administrativa que no trae consigo restricciones a la libertad.
CONSEJO POLITCO NACIONAL
FUERZA ALTERNATIVA REVOLUCIONARIA DEL COMÚN-FARC
Bogotá DC, 10 de noviembre 2019.