Pablo Catatumbo

Pablo Catatumbo

Link del debate: https://www.youtube.com/watch?v=QRfd11MDTsI&feature=youtu.be

PUNTO 1.1.10 PLAN DE ZONIFICACIÓN AMBIENTAL Y DELIMITACIÓN DE LA FRONTERA AGRÍCOLA

Diapositiva 2. Debate de Control Político sobre el punto 1.1.10: Cierre de la Frontera Agrícola y Protección de Zonas de Reserva Campesina.

Saludo a los asistentes e invitados a este Debate de Control Político, señora Carmenza Gómez de la Asociación Nacional de Zonas de Reserva Campesina, al Doctor Gustavo Gallón de la Comisión Colombiana de Juristas, a los ministros Ricardo José Lozano de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a los colegas de la Comisión, a la secretaría general, asesores y televidentes.

El Acuerdo Final de Paz firmado por el Estado con las FARC E.P que puso fin a una guerra de casi 60 años es una herramienta muy importante para la transformación estructural del campo colombiano, lo que allí se pactó no fue otra cosa que la resolución de problemas sociales que ha generado el abandono del Estado a la ruralidad y sobre todo a los territorios priorizados en lo que se llamaron las zonas PDET.

Colombia es un país megadiverso, multidiverso y multicultural según el Censo Nacional Agropecuario del año 2014:

  1. 50,6 % son bosques naturales.
  2. 40,6% es de uso agropecuario de los cuales 33,8 millones de hectáreas  son destinadas a pastos y 7,1 millones de hectáreas dedicadas a cultivos.

Este no es un problema ideológico, este es un problema inminentemente social y de solución a los problemas y la deuda histórica que tiene este país con el campesinado.

En este sentido la zonificación ambiental y la delimitación de la frontera agrícola representa una necesidad fundamental para que el país avance en el ordenamiento territorial con criterios de sostenibilidad.

Por estas razones es que propongo este Debate de Control Político y quiero indagar señor ministro ¿cuáles son los avances del Plan de Zonificación Ambiental? ya que según el Plan Marco de Implementación se fijó el año 2018 como una fecha límite para su construcción y además porque los colombianos somos testigos de cómo cada día los conflictos proliferan en los territorios, en parte resultado de la falta de claridad frente a figuras de protección ambiental y derechos de las comunidades que están contempladas en el Plan Marco de Implementación.

Diapositiva 3. ZONIFICACIÓN AMBIENTAL

El país tiene que saber inicialmente ¿Qué es la Zonificación Ambiental?

La zonificación ambiental es la forma en que podemos ordenar nuestros territorios con participación de todos, teniendo en cuenta la riqueza ambiental, la biodiversidad, la abundancia de nuestras aguas y la diversidad de nuestra gente.

ES DECIR, SI CONOCEMOS CON CLARIDAD LAS RESTRICCIONES DE USO DE SUELOS E INTERVENCIÓN DE LOS ECOSISTEMAS, PODREMOS SABER HASTA DÓNDE PUEDEN LLEGAR LAS ACTIVIDADES AGRÍCOLAS Y PECUARIAS, ASÍ COMO EL DERECHO DE LAS COMUNIDADES QUE HABITAN ESAS ÁREAS DE ESPECIAL INTERÉS AMBIENTAL. SI ESTAMOS EN UNA SOCIEDAD DEMOCRÁTICA, LA ZONIFICACIÓN DEBE SER CONSTRUIDA DE MANERA PARTICIPATIVA.

La Frontera Agrícola.

La importancia de cerrar la frontera agrícola está en poder frenar la deforestación y darles usos realmente productivos a las tierras que ya se vincularon como áreas de producción, mejor dicho, poner a producir las fincas que ya existen en el país. Sin dejar de lado, la conservación, preservación y restauración de los ecosistemas generadores de agua fuente de vida en los territorios.

El Estado tiene un compromiso con la ruralidad, con el campesinado y con todos los colombianos y colombianas que tienen derecho a un ambiente sano y es la protección de las Áreas de Especial Interés Ambiental, así como las actividades productivas agropecuarias y, a partir de la zonificación ambiental y el cierre de la frontera agropecuaria avanzaremos como nación en eso.

Diapositiva 4: LA NORMATIVIDAD

Yo les quiero decir que existe un marco legal robusto para el funcionamiento del Sistema Nacional Ambiental. Y lo que yo estoy discutiendo ya se encuentra reglamentado, no estamos acá inventando nada nuevo, simplemente llamando la atención sobre los elementos que considero necesario que el Estado debe resolver.

Dentro de la normatividad hay leyes que vale la pena destacar, como el decreto ley 2811 de 1974 como esfuerzo legal por la conservación y el cuidado de los ecosistemas; la ley 160 de 1994 que crea el Sistema Nacional de Reforma Agraría y Desarrollo Rural Campesino y las Zonas de Reserva Campesina; y la ley 165 de 1994 ratificó el compromiso del Estado ante el Convenio sobre Diversidad Biológica.

Colombia tiene tanta riqueza que debemos ser muy cuidadosos al momento de la planeación del desarrollo, cualquier error cometido será irreversible en términos ambientales y desafortunadamente eso es lo que estamos evidenciando hoy.

Diapositiva 5. Conflictos Territoriales

1. Las disputas por el acceso a tierra y territorio, el control y dominio de los recursos económicos, materiales y naturales, son causa del deterioro ambiental en las zonas de frontera agropecuaria, en áreas de colonización y en las zonas PDET.

2. El desconocimiento de la realidad social, económica y cultural del campesinado por parte de las políticas municipales y los planes de manejo ambiental, lo que causa conflictos sociales.

3. Otro conflicto es la insuficiente información catastral en el sector rural y las repercusiones de esto en lo ambiental.

4. En Colombia existen 191.159 hectáreas de bosque deforestado. Los motores son: la expansión de la infraestructura vial, pastizales para la ganadería extensiva, la tala y quema de bosques, cultivos de usos ilícito y cultivos agroindustriales.

5. La concentración exorbitante de la tenencia de la tierra, sumado al abandono estructural del campo ha generado que los cultivos de uso ilícito sean la única alternativa de subsistencia para las comunidades rurales empobrecidas, lo que en consecuencia ha ampliado la frontera agropecuaria.

Diapositiva 6. Ampliación de la Frontera Agropecuaria

Se ha expandido la frontera agropecuaria. Según la información recopilada por el Estado a través de los censos tenemos que:

Mientras las áreas de cultivos no llegan a los 10 Millones de hectáreas después de 60 años, las áreas dedicadas a pastos prácticamente se triplicaron.

CENSO MILLONES DE HECTÁREAS CULTIVOS (Millones de ha) PASTOS (Millones de ha)
1954 27.7 6 13
1970 30.9
2014 42.3 8.4 33.8

Diapositiva 7: Noticias – Consecuencias de los conflictos.

Estos titulares evidencian el conflicto social generado por la ausencia del Plan de Zonificación Ambiental.

Diapositiva 8: Fases de colonización en Colombia Vs PNN

Este mapa presenta en tres momentos: primero la adjudicación de Baldios (tierras que pertenecen a la nación y que no se emplean con fin productivo), segundo la declaración de Zonas de Reserva Forestal de la ley 2 de 1959 y tercero las declaraciones de los Parques Nacionales Naturales.

Desde 1873 se evidencia la desorganización del Estado en la administración y la adjudicación de las tierras, con el agravante de la declaración de Reservas Forestales de ley 2 de 1959 y las Áreas Protegidas para las familias que ocupan estas tierras desde antes de su constitución, como ha sucedido en los Parques Nacionales Naturales Paramillo en Cordoba y Antioquia, Parque Munchique en el Cauca, Parque Sumapaz en Cundinamarca y Meta, Parque Tinigua en el Meta, solo por mencionar algunos de los 37 Parques Naturales que hay en todo el territorio nacional.

Diapositiva 9: Mapa Áreas de Especial Interés Ambiental – AEIA

Los tres momentos de los que hablaba en la diapositiva anterior han producido el desorden que hoy evidenciamos en el traslape de todas estas figuras:

Consejos Comunitarios

Resguardos Indígenas

Reserva Forestal de ley 2 de 1959

Parques Nacionales

Zonas PDET

Zonas de Reserva Campesina

Pero ninguno de estos ha garantizado el Estado una permanencia en condiciones dignas. 

Diapositiva 10: En conclusión

HE IDENTIFICADO UNA SERIE DE CONCLUSIONES A LAS CUALES DEBEMOS PRESTAR ATENCIÓN Y SUGERIMOS AL SEÑOR MINISTRO EVALUAR Y SUPERAR ESTAS DIFICULTADES:

1. La fecha estipulada para elaborar El plan de zonificación ambiental fue 2018, sin embargo, hasta la fecha no se ha construido.

2. La resolución del Ministerio de Agricultura (Resolución 261 de 2018) para la delimitación de la frontera agrícola, no hubo una amplia concertación, participación y no se actualizó previamente las áreas de importancia ambiental. SE DEFINIÓ LA FRONTERA AGRÍCOLA SIN HACER PREVIAMENTE ZONIFICACIÓN.

3. La escala 1:100.000 de las bases de zonificación es insuficiente para tener el detalle de dinámicas territoriales y conflictos a escala local, como tampoco las limitaciones, restricciones territoriales que contempla una frontera agrícola. Adicional el Estado desconoce los conflictos por la tierra y los territorios, el despojo, la informalidad en la tenencia de la tierra.

4. En los procesos de delimitación y planificación ambiental no fueron incluidas algunas Zonas de Reserva Campesina, siendo este uno de los criterios fundamentales de concertación con comunidades. Quiero recalcar que las Zonas de Reserva Campesina son una figura legal que estabiliza la frontera agropecuaria, controla la deforestación y por ejemplo en Sumapaz, Pato Balsillas, Valle del Rio Cimitarra y Cabrera no hay cultivos de uso ilícito.

5. El Plan de zonificación ambiental no sólo fue pensado para las zonas PDET, Parques Naturales, Páramos y Zonas de Reserva Forestal, ¿dónde quedan los otros ecosistemas y zonas biodiversas como manglares, humedales, fuentes hídricas entre otras?

7. En las Áreas de Especial Interés Ambiental hay gente con posesión, pero no con títulos de propiedad ¿cómo promover el acceso a la propiedad de los predios rurales y mejorar la calidad de vida de los campesinos? Existe una alta tasa de informalidad en la tenencia de la tierra.

8. Los problemas de corrupción con empresarios, políticos y entidades al no existir una metodología que monitoree y controle la priorización de los proyectos de las iniciativas PDET.

9. A los ocupantes de baldíos en zonas de Reserva Forestal cobijados en la ley 2 de 1959 el Estado no les permite acceder a procesos de restitución de tierras porque sus predios, que perdieron por el conflicto armado, no se les pueden asignar según criterios legales.

10. La sustracción de predios de las Reservas Forestales se han priorizado para la minería gracias al Código Minero (ley 685 de 2001) y no a campesinos sin tierras o con poca tierra. Es decir, los baldios inadjudicables de la Ley 2 de 1959 se aplica para los campesinos pero no para la actividad minera.

11. Resolución de conflictos. Nos preocupa que en el Artículo. 55 del Decreto 902 de 2017, establece que la Agencia Nacional de Tierras, El Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior y Procuraduría tienen competencias sobre la resolución de conflictos por la tierra, en este tema, existe dificultad porque no se conoce con claridad quién lidera esta estrategia, al igual que se desconoce la metodología y el alcance del acompañamiento.

Diapositiva 12: Balance sobre las proyecciones para 2019

  • En la dipositiva podemos observar los reportes y los avances del Ministerio de Ambiente en materia de zonificación, sin embargo, aún existen vacios. Frente a esto solicito señor ministro claridades:
  1. ¿Cuántas hectáreas han identificado que pueden ser parte del Fondo de Tierras?
  2. Frente a los avances y retos de cumplimiento de las actividades y proyecciones ¿Cuál es el Plan de Acción formulado y ejecutado (en tiempos, recursos y acciones)?
  3. ¿Cuánto de los recursos de los PDET están destinados para los municipios? ¿Cuánto recurso para las iniciativas de zonificación ambiental?
  4. De las 32.808 iniciativas de los PART ¿Cuáles se han ejecutado hasta el momento?

Diapositiva 13: Propuestas:

Se propone que:

  1. Evaluar la complementariedad del plan de manejo de las áreas protegidas con los planes de desarrollo campesino de las Zonas de Reserva Campesina.
  2. El ordenamiento del territorio debe ser ampliamente participativo, atendiendo los diálogos de saberes de las comunidades y organizaciones sociales en los territorios, ante esto es necesaria la articulación de la procuraduría agraria y ambiental.
  3. Una vez se realice el ejercicio de zonificación en los territorios y delimitación de la frontera agrícola, se debe ajustar con base a la realidad de las comunidades y pequeños productores, los mapas y bases de zonificación.

Señor Ministro de ambiente, congresistas presentes y organizaciones campesinas que se encuentran en este debate: la metodología de la Zonificación Ambiental Participativa formulada por el Centro de Estudios para la Paz – CesPaz en el marco del proyecto ambiente y paz -AmPaz- de GIZ ya está lista y hay que generar un plan de acción por parte de la cartera de ambiente para que se priorice las zonas donde se va realizar, los presupuestos que se le destinarán, los tiempos para su ejecución y las entidades responsables.

GRACIAS



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